NORMATIVAS DE LA CLASE : NORMATIVAS DE LA CLASE No esta permitido el uso de teléfonos celulares en clase; estos deben permanecer apagados o en modo silencioso. El uso del teléfono celular durante la clase, bajo la razón que fuere será razón de retiro del aula, y en caso de tratarse de una evaluación, esta deberá ser entregada.
- Mantener silencio y el orden durante la clase. No esta permitida la salida y posterior entrada de estudiantes durante la clase, a menos que existan razones de peso, como asistir al baño o malestar físico.
NORMATIVAS DE LA CLASE : NORMATIVAS DE LA CLASE No efectuar llamadas al teléfono residencial o celular del profesor, ya que son de uso personal.
- No efectuar visitas a la oficina del docente durantes sus funciones administrativas, ya que estas son ajenas a la docencia.
NORMATIVAS DE LA CLASE : NORMATIVAS DE LA CLASE - Para cada evaluación se exigirá presentar sobre el pupitre, antes de recibir el exámen lo siguiente:
1. Cédula de identidad o en su defecto carnet estudiantil (con foto)
2. Planilla de inscripción de Control de Estudios.
- Los exámenes escritos son individuales, en caso de cualquier intento de fraude o incursión en el mismo, serán aplicado el reglamento de Regimen Disciplinario establecido por la Universidad.
NORMATIVAS DE LA CLASE : NORMATIVAS DE LA CLASE Para cada evaluación el estudiante será responsable de traer el material requerido y permitido durante la evaluación (lapiz, borrador, sacapuntas, minas, formularios, calculadora, etc.) . En tal sentido, queda prohibido cualquier tipo de comunicación e intercambio de objetos durante la evaluación, y en caso de su no cumplimiento el examen deberá ser entregado.
Queda terminantemente prohibido firmar el control de asistencia por otro estudiante.
NORMATIVAS DE LA CLASE : NORMATIVAS DE LA CLASE En caso de no firmarse la asistencia el estudiante quedará inasistente.
Aquellos estudiantes que asistan con el único fin de firmar el control de asistencia y volver a salir o permanecer breve tiempo se les anulará la asistencia con la debida observación sobre el control.
NORMATIVAS DE LA CLASE : NORMATIVAS DE LA CLASE -Aquellos estudiantes que no mantengan continuidad en la asistencia a clases y por consiguiente, esto les implique dificultad de compresión de los sucesivos contenidos, se les sugiere abstenerse de formular preguntas en clase sobre aspectos ya vistos, ya que esto pudiese retrasar el avance del resto del grupo.
-Cualquier otra pauta notificada oralmente y no citadas en estas normas, estará en conformidad con el Reglamento de la Universidad, por lo que compromete al estudiante a cumplirlas.
Juan Holmquist
INTRODUCCION AL
REGLAMENTO DE REGIMEN DISCIPLINARIO PARA ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD FERMIN TORO
Cabudare, Agosto 2005 : INTRODUCCION AL
REGLAMENTO DE REGIMEN DISCIPLINARIO PARA ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD FERMIN TORO
Cabudare, Agosto 2005
Slide 8 : ÁMBITO DE APLICACIÓN
ARTICULO 6: Se encuentran sometidos a la potestad disciplinaria de la Universidad Fermín Toro, todos los alumnos que se encuentren vinculados académicamente en los niveles de Pre-grado y Post-grado. Por los actos que realicen dentro del recinto universitarios o fuera de éste, en tanto afecten a la Universidad, con motivo u ocasión del ejercicio en su calidad de estudiante.
Slide 9 : TIPIFICACIÓN DE LAS FALTAS
FALTAS LEVES:
Cualquier acto o hecho que perturbe la convivencia con los demás integrantes de la comunidad universitaria y/o visitantes a la Universidad.
Comportamientos que atenten de manera leve contra la salubridad e higiene en la Universidad.
Falta de respeto a la autoridad universitaria, profesores , empleados administrativos, compañeros u otras personas que se encuentren en la Universidad.
Slide 10 : Colocar rótulos, avisos o cualquier tipo de información en lugares no destinados al efecto o sin el permiso de la autoridad administrativa responsable.
Perturbar la necesaria tranquilidad o el normal desarrollo de las actividades académicas.
Perturbación del orden y de la disciplina, alteración del normal desarrollo de las clases, dentro del aula.
La cooperación o encubrimiento de cualquier falta de las tipificadas como leves.
Slide 11 : FALTAS GRAVES:
Falta de respeto, injurias y/o calumnias verbales o escritas, así como cualquier comportamiento que suponga agresión física o psicológica a alumnos, profesores, empleados administrativos, autoridades universitarias u otras personas que se encuentren en la Universidad .
Asumir, sin autorización previa, la representación de la Universidad .
Cualquier comportamiento que atente de manera grave contra la seguridad en la Universidad.
Slide 12 : La sustracción o el apoderamiento ilegal de bienes muebles o inmuebles, cualquier objeto, utensilio, material bibliográfico o de laboratorio perteneciente a la Universidad.
La sustracción y/o utilización indebida de documentación de uso institucional.
Alteración de la paz en las instalaciones de la universidad o fuera de ella, cuando se actúa en nombre de universidad o en representación de su estudiantado.
Cometer fraude en la elaboración y presentación de tareas, proyectos e informes de actividades académicas.
Slide 13 : Presentarse a clases, tutorías, sesiones de prácticas exámenes o cualquier actividad académica de la Universidad Fermín Toro o en cualquier dependencia de ésta, bajo los efectos de drogas, estupefacientes o bebidas alcohólicas.
Alterar o entorpecer los procedimientos de inscripciones académicas y/o administrativas, o procurar para sí o para otro, la inscripción de asignaturas, cursos o actividades, mediante la violación del procedimiento respectivo.
Slide 14 : La recepción o la prestación de ayuda verbal, gestual o escrita a un alumno durante la presentación de una prueba, la toma de notas de libros o de apuntes en los casos en que no se haya autorizado expresamente o la toma de apuntes de otros exámenes o la emisión y/o recepción de apuntes utilizando herramientas tecnológicas no autorizadas.
Utilizar los recursos tecnológicos de la Universidad para fines ajenos a los académicos o de investigación.
Slide 15 : Irrespetar las disposiciones y reglamentos de uso de los laboratorios. Cualquier otra acción u omisión que a juicio de los órganos competentes se considere como comportamiento indebido.
Todo acto tendiente a impedir o restringir el libre acceso a las dependencias de la Universidad o la libre salida de ellas, del personal directivo, docente, administrativo o de los estudiantes.
Todo acto que tienda a interrumpir o impedir el libre ejercicio de la docencia, o la asistencia a las actividades académicas de cualquier índole, ya sea que el acto se cometa en forma individual o en forma colectiva.
Slide 16 : La cooperación o encubrimiento de cualquier falta de las tipificadas como graves.
Slide 17 : FALTAS MUY GRAVES:
La participación directa o la cooperación con terceras personas en la falsificación o alteración de exámenes y/o cualquier otro documento con el objeto de acreditar haber cursado, rendido o aprobado un curso o carrera en la Institución.
La participación, cooperación o incitación de terceras personas en la falsificación de documentos con el propósito de obtener algún beneficio académico o administrativo sea dentro de la universidad o fuera de ella .
La presentación y/o utilización de documentos falsos que versaren sobre certificaciones de estudios previos, exigidos para ingresar a la Universidad.
Slide 18 : Entregar u ofrecer a un profesor o empleado administrativo , dinero, dádivas u otros beneficios personales, con el propósito de obtener la aprobación de una o todas las asignaturas de un lapso académico de alguna carrera o la obtención de un beneficio personal que viole los procedimientos y reglamentos de la Universidad.
El plagio, realizado en proyectos, trabajos de grado o en cualquier otro trabajo que comprometa el nombre de la Universidad.
Los daños causados voluntariamente o por negligencia en los locales, equipos, material o instalaciones de la Universidad, que impidan el normal funcionamiento de la misma.
Slide 19 : Utilizar indebidamente o irrespetar los derechos de autoría o los otorgados bajo permiso especial.
Cualquier acto de violencia física o psíquica contra las personas que sea constitutivo de delito, según las leyes de la República.
La cooperación o encubrimiento de faltas consideradas muy graves.
Slide 20 : TIPIFICACIÓN DE SANCIONES DISCIPLINARIAS
De las Faltas Leves:
Retiro del aula de clase o salón de laboratorio. Esta sanción será impuesta por el docente cuando lo considere necesario.
Amonestación privada en forma verbal o escrita, con copia a su expediente emanada del Director de Escuela respectivo. Se entiende por amonestación privada, la llamada de atención verbal o escrita que hace el Director de la Escuela respectiva a un estudiante. Se dejará constancia de la imposición de la sanción.
Slide 21 : Amonestación Pública escrita. Se enviará copia al expediente académico del alumno, será publicada en la cartelera de la Escuela y es emanada del Consejo de Escuela correspondiente. La sanción de amonestación pública consiste en la fijación de un aviso en la Cartelera informativa de la respectiva Dirección de Escuela, por el término de cinco (5) días hábiles a partir de la ejecutoria de la sanción. El aviso llevará la identificación completa del alumno, la carrera que cursa y la parte resolutiva del escrito que imponga la sanción.
Slide 22 : De las Faltas Graves:
Colocación de nota mínima en la evaluación o práctica de laboratorio. Esta sanción es aplicable únicamente a las faltas establecidas en el numeral 10 del artículo 9 de este Reglamento.
Suspensión de cinco (5) a treinta (30) días de toda actividad académica. Decisión emanada del Consejo de Facultad o el Consejo Universitario, según corresponda.
La obligación de cubrir los costos de reparación o adquisición de bienes en los casos de daños a bienes de la Universidad. Sin menoscabo de en las sanciones de suspensión o expulsión correspondientes
Slide 23 : De las faltas Muy Graves:
Pérdida del período lectivo.
Expulsión de la Universidad por un lapso no mayor de cinco (5) años. La sanción de expulsión impuesta a un alumno, tendrá como efecto la cancelación automática de la Inscripción y el alumno no podrá ingresar o graduarse, en la Universidad Fermín Toro por un lapso no mayor de cinco (5) años, contados a partir de la ejecutoria de la sanción. La imposición de esta sanción será notificada a las universidades al nivel nacional.
Slide 24 : Si con posterioridad al grado se descubriere el plagio, la Universidad podrá anular las calificaciones correspondientes y en consecuencia revocar los grados y títulos otorgados con base en el trabajo producto del plagio, en tal caso se notificará a las autoridades correspondientes
Suspensión de estudios en la Universidad. La sanción de suspensión de la Universidad consiste en la cancelación automática de la Inscripción y la imposibilidad del alumno de reingresar a la Universidad en cualquiera de sus Unidades Académicas por el término indicado en la sanción.
Slide 25 : ATENUANTES Y AGRAVANTES
Circunstancias Atenuantes :
La buena conducta del alumno.
Rendimiento académico satisfactorio.
Procurar voluntariamente, después de cometido el hecho, anular o disminuir sus consecuencias.
Resarcir voluntariamente el daño, aunque sea de forma parcial.
El reemplazo voluntario del bien o su plena reparación.
Presentarse voluntariamente ante la autoridad competente después de haber cometido el hecho y darlo a conocer.
Evitar la injusta implicación de terceros.
Slide 26 : Circunstancias Agravantes :
La reincidencia en la comisión de faltas.
Cometer una falta para ocultar otra.
Atribuir la falta a otra (s) persona (s) sin debido sustento.
Actuar con premeditación .
La declaratoria de rebeldía.
Ejercer presión a los fines de no acatar las medidas disciplinarias impuestas, o a ser impuestas.
Slide 27 : La actuación discriminatoria por razón de sexo, raza o cualquier otra circunstancia personal o social que suponga restricción de derechos o perjuicios indebidos para algún miembro de la comunidad universitaria.
La comisión de dos (2) Faltas Graves dentro de un mismo lapso académico
ORGANOS COMPETENTES PARA DECIDIR : ORGANOS COMPETENTES PARA DECIDIR Faltas “Leves” o “Graves”:
Primera Instancia: Consejo de Escuela
Segunda Instancia: Consejo de Facultad
Faltas “Muy Graves”
Primera Instancia: Consejo de Facultad
Segunda Instancia: Consejo Universitario
PROCEDIMIENTO PRIMERA INSTANCIA : PROCEDIMIENTO PRIMERA INSTANCIA Presentación del Informe de Comisión de Falta Conocimiento de los hechos 2 días hábiles Verificación de datos y apertura del expediente De Inmediato Notificación del Estudiante Presentación Escrito de Defensas 2 días hábiles Convocatoria a un Consejo de Escuela o de Facultad De Inmediato Celebración del Consejo de Escuela o de Facultad 3 días hábiles Notificación de la Decisión al Estudiante Apelación del Estudiante De Inmediato 2 días hábiles
PROCEDIMIENTO SEGUNDA INSTANCIA : PROCEDIMIENTO SEGUNDA INSTANCIA Celebración del Consejo Convocatoria de un Consejo de Facultad o Consejo Universitario 3 días hábiles Notificación de la Decisión al Estudiante De Inmediato Notificación de la Decisión a Secretaría General a los fines de su ejecución
NORMATIVAS INTERNAS DE CONVIVENCIA Y CUIDADO A LA PLANTA FISICA DE LA UNIVERSIDAD : NORMATIVAS INTERNAS DE CONVIVENCIA Y CUIDADO A LA PLANTA FISICA DE LA UNIVERSIDAD
Slide 32 : No se permite la permanencia de estudiantes no inscritos en la sección o cualquier otra persona ajena a la actividad académica que se desarrolla en el aula.
Docentes, alumnos y Personal Administrativo, debe cumplir las normas de educación integral referidas a no masticar chicle, no fumar en el aula de clase, ni en los pasillos. Todo personal Académico (Decano, Director, Jefe de Departamento, Profesor) deberá velar por el cumplimiento de la misma y posee la autoridad para exhortar y aplicar los correctivos al respecto.
Slide 33 : Los Docentes y los alumnos deben asistir a la Universidad con una vestimenta apropiada.
No cometer actos en contra de la moral y las buenas costumbres, así como agresiones físicas o verbales dentro de la Institución.
Los Docentes están en la obligación de mantener un clima de orden y respecto durante el proceso de enseñanza y evaluación, así como escuchar sus preguntas e inquietudes.
Slide 34 : Los alumnos deben tratar con respeto tanto al Docente como a sus compañeros de clases.
Los alumnos tienen derecho a revisar todas las evaluaciones en el lapso establecido por el Reglamento de evaluación.
Slide 35 : El Docente tiene la responsabilidad de evitar cualquier tipo de fraude Académico durante las actividades de evaluación establecidas en la planificación, exámenes escritos, talleres escritos y otras técnicas de evaluación.
Slide 36 : Queda Prohibido el uso de teléfonos celulares durante las clases, el docente tiene la autoridad de solicitar la salida del alumno del aula de clases, especialmente en las actividades de evaluación, donde el docente una vez más, tiene la autoridad de suspender el examen a quienes utilicen el equipo durante la evaluación.
Slide 37 : El Docente deberá apagar el teléfono celular durante la clase y las evaluaciones.
El alumno está en la obligación de informar cualquier actividad o actuación del Docente, que no este acorde al Reglamento Estudiantil o en contra de la moral, ética y buenas costumbres, a través de las Direcciones de Escuela y sus Jefes de Departamento.
Slide 38 : El Docente debe exigir la debida identificación a los alumnos (planilla de inscripción o carnet) y chequearlo con la lista de alumnos de la sección correspondiente.
Es un deber de todos, cuidar las áreas verdes y utilizar los depósitos de desperdicios. Así mismo cuidar las instalaciones de la Universidad (baños, laboratorios, aulas, biblioteca y oficina)